Empresa 100 % mexicana fundada hace más de 31 años (junio 1980), trabajando desde entonces  ininterrumpidamente con sede en la ciudad de México, D.F., cuyos objetivos originales fueron la comercialización  nacional e internacional de equipos electromecánicos como generadores de vapor, calentadores, plantas  eléctricas, equipos hidroneumáticos, servicio técnico y partes de repuesto de los mismos.  A partir de abril de 1998 fuimos acreditados como la primera Unidad de Verificación en Materia de Calderas y  Recipientes Sujetos a Presión UVSTPS-001, por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, por la Secretaría de  Comercio y Fomento Industrial, así como por la Entidad Mexicana de Acreditación (ema) para la evaluación de la  conformidad de la Norma Oficial Mexicana NOM-122-STPS-1996, relativa a las condiciones de seguridad e higiene  para el funcionamiento de los recipientes sujetos a presión y generadores de vapor o calderas que operen en los  centros de trabajo.  La Norma Oficial Mexicana NOM-122-STPS-1996 fue dada de baja y en su lugar se creó la NOM-020-STPS-2002,  Recipientes Sujetos a Presión y calderas-funcionamiento-condiciones de seguridad transformándose IET en Unidad  de Verificación en Materia de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de Trabajo.  Desde mayo del 2006 nuestra empresa cuenta con otras acreditaciones de Normas Oficiales Mexicanas (ver  acreditaciones y aprobaciones).  En Materia de Verificación.   El miércoles 28 de agosto del 2002 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Norma Oficial Mexicana   NOM-020-STPS-2002 “Recipientes Sujetos a Presión y Calderas – Funcionamiento - Condiciones de Seguridad”  sustituyendo en forma oficial a la Norma Oficial Mexicana NOM-122-STPS-1996 relativa a las “Condiciones de  Seguridad e Higiene para el funcionamiento de Recipientes Sujetos a Presión y Generadores de Vapor o Calderas  que operen en Centros de Trabajo”, de la cual tuvimos el honor de participar en su elaboración. 
A partir del 3 de Diciembre de 2002, nuestra Empresa fue  acreditada como Unidad de Verificación en Materia de Seguridad,  Higiene y Medio Ambiente de Trabajo con el registro: UVSTPS-001  TIPO A, para la evaluación de la conformidad de la Norma Oficial  Mexicana NOM-020-STPS-2002, Recipientes Sujetos a Presión y  Calderas – Funcionamiento – Condiciones de Seguridad por la  Secretaría del Trabajo y Previsión Social y por la Entidad Mexicana  de Acreditación (ema).  Como Unidad de Verificación tipo “A” para la norma  NOM-020-STPS-2002 en total se emitieron 13,025 dictámenes  hasta el 31 de enero de 2011.  
A partir del 01 de Febrero de 2002, nuestra Empresa se convirtió en Unidad Verificadora Tipo “C”, acreditada por la  Entidad Mexicana de Acreditación A.C. y aprobada por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.  Como Unidad Verificadora tipo  “C”  al 27 de Junio de  2012 se generaron  2,269 dictámenes  en la   NOM-020-STPS-2002, Recipientes Sujetos a Presión y calderas-funcionamiento-condiciones de seguridad.  Y a la actualidad como Unidad Verificadora tipo “C” se han generado 1,934 dictamenes en la   NOM-020-STPS-2011, Recipientes sujetos a presión, recipientes criogénicos y generadores de vapor o calderas -  Funcionamiento - Condiciones de Seguridad.  A partir del 29 de mayo de 2006, también nos acreditamos en las siguientes Normas Oficiales, las cuales rigen en  todo el territorio nacional: 
NOM-002-STPS-2010 NOM-005-STPS-1998 NOM-018-STPS-2000 NOM-022-STPS-2008 NOM-026-STPS-2008 NOM-029-STPS-2011
ACREDITACIONES Y APROBACIONES DE IET IMPULSORA ELECTROTÉRMICA, S.A. DE C.V. NOM-002-STPS-2010 1. OBJETIVO Establecer los requerimientos para la prevención y protección contra incendios en los centros de trabajo.  2. CAMPO DE APLICACIÓN.  La presente norma aplica en todos los centros de trabajo. 
NOM-005-STPS-1998 1. OBJETIVO Establecer las condiciones de seguridad e higiene para el  manejo, transporte y almacenamiento de sustancias  químicas peligrosas, para prevenir y proteger la salud de  los trabajadores y evitar daños al centro de trabajo.  2. CAMPO DE APLICACIÓN   Aplica en todos los centros de trabajo donde se manejen,  transporten o almacenen sustancias químicas peligrosas. 
NOM-018-STPS-2000 1. OBJETIVO Establecer los requisitos mínimos de un sistema para la identificación y comunicación de peligros y riesgos por  sustancias químicas peligrosas, que de acuerdo a sus características físicas, químicas, de toxicidad, concentración  y tiempo de exposición, puedan afectar la salud de los trabajadores o dañar el centro de trabajo. 
2. CAMPO DE APLICACIÓN   2.1 Se aplica en todos los centros de trabajo en los que se  manejen, transporten o almacenen sustancias químicas  peligrosas.   2.2 No es aplicable a los productos terminados que se  encuentran listos para su comercialización, ni en el  transporte vehicular fuera del centro de trabajo; en estos  casos, se debe dar cumplimiento a lo establecido en la  legislación en materia de comercio, salud y comunicaciones  y transportes.  2.3 No aplica para productos cuyo grado de riesgo en salud,  inflamabilidad y reactividad sea 0 (cero), según los criterios  establecidos en los Apéndices E o F (VER NORMA). 
NOM-020-STPS-2011 1 OBJETIVO Establecer los requisitos de seguridad para el funcionamiento de los recipientes sujetos a presión, recipientes  criogénicos y generadores de vapor o calderas en los centros de trabajo, a fin de prevenir riesgos a los trabajadores  y daños en las instalaciones.   2 CAMPO DE APLICACIÓN   2.1 Rige en todo el territorio nacional y aplica en todos los centros de  trabajo en donde funcionen recipientes  sujetos a presión, recipientes criogénicos y generadores de vapor o  calderas.   2.2 La presente Norma Oficial Mexicana no aplica para los equipos siguientes:   a) Campanas de buceo;   b) Campanas o cámaras hiperbáricas;   c) Recipientes utilizados como extintores;   d) Contenedores que trabajen a presión atmosférica;   e) Recipientes que trabajen interconectados en una misma línea de proceso, donde la presión de    operación del         conjunto de equipos y de cada uno de los equipos, se encuentren entre 29.42 kPa y  196.14 kPa de presión   manométrica y, al final de la línea de proceso, se encuentren abiertos a la  atmósfera;   f) Tuberías, cabezales de distribución que no se utilicen como acumuladores de fluidos y sus  componentes (juntas   de   expansión y conexiones);   g) Recipientes portátiles que contengan gases comprimidos;   h) Accesorios presurizados y utilizados como componentes o mecanismos que sirven para mezclado, separación,   aspersión, distribución, medición, filtrado o control de fluidos que no rebasen 0.15 m de diámetro nominal,   instalados en los recipientes sujetos a presión;   i) Recipientes instalados en equipos móviles asociados con sus sistemas de frenado;   j) Recipientes que contengan gas licuado de petróleo, regulados por disposiciones legales cuya  vigilancia compete   a la Secretaría de Energía, y   k) Carros-tanque que transportan gases comprimidos, cuya regulación se encuentra a cargo de la   Secretaría de Comunicaciones y Transportes. 
IET Impulsora Electrotérmica, S.A. de C.V.
¿QUIENES SOMOS?
NOM-022-STPS-2008 1. OBJETIVO Establecer las condiciones de seguridad en los centros de trabajo  para prevenir los riesgos por electricidad estática. 
2. CAMPO DE APLICACIÓN   Aplica en todos los centros de trabajo donde se almacenen, manejen o transporten sustancias inflamables o  explosivas y que por la naturaleza de sus procesos empleen materiales, sustancias o equipos capaces de almacenar  o generar cargas eléctricas estáticas o que estén ubicados en una zona donde puedan recibir descargas eléctricas  atmosféricas. 
NOM-026-STPS-2008 1. OBJETIVO Definir los requerimientos en cuanto a los colores y señales de  seguridad e higiene y la identificación de riesgos por fluidos  conducidos en tuberías.  2. CAMPO DE APLICACIÓN   2.1 se aplica en todos los centros de trabajo, excepto los casos  mencionados en el apartado 2.2.  2.2 La presente Norma no se aplica en los casos siguientes: 
1.- La señalización para la transportación terrestre, marítima, fluvial o aérea, que sea competencia de la Secretaría  de Comunicaciones y Transportes.  2.- La identificación de riesgos por fluidos conducidos en tuberías subterráneas u ocultas, ductos eléctricos y  tuberías en centrales nucleares.  3.- Las tuberías instaladas en las plantas potabilizadoras de agua, así como en las redes de distribución de las  mismas, en lo referente a la aplicación del color verde de seguridad.  
NOM-029-STPS-2011 1. OBJETIVO Establecer las condiciones de seguridad para la realización de  actividades de mantenimiento de las  instalaciones eléctricas en  los centros de trabajo, a fin de evitar accidentes al personal  responsable de  llevarlas a cabo y a personas ajenas a dichas  actividades que pudieran estar expuestas.   2. CAMPO DE APLICACIÓN  Esta norma aplica en todos los centros de trabajo del territorio  nacional en donde se realicen actividades de mantenimiento de  las instalaciones eléctricas permanentes o provisionales, las  que se desarrollen en las líneas eléctricas aéreas y  subterráneas, así como las que se lleven a cabo con líneas  energizadas. 
NOTA: Las referencias citadas fueron extraídas directamente del texto de la norma correspondiente publicada en el  diario oficial de la federación 
Si usted desea conocer los textos de éstas normas, le sugerimos seguir el siguiente link.