Empresa 100 % mexicana fundada hace más de 31 años (junio 1980), trabajando desde entonces
ininterrumpidamente con sede en la ciudad de México, D.F., cuyos objetivos originales fueron la comercialización
nacional e internacional de equipos electromecánicos como generadores de vapor, calentadores, plantas
eléctricas, equipos hidroneumáticos, servicio técnico y partes de repuesto de los mismos.
A partir de abril de 1998 fuimos acreditados como la primera Unidad de Verificación en Materia de Calderas y
Recipientes Sujetos a Presión UVSTPS-001, por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, por la Secretaría de
Comercio y Fomento Industrial, así como por la Entidad Mexicana de Acreditación (ema) para la evaluación de la
conformidad de la Norma Oficial Mexicana NOM-122-STPS-1996, relativa a las condiciones de seguridad e higiene
para el funcionamiento de los recipientes sujetos a presión y generadores de vapor o calderas que operen en los
centros de trabajo.
La Norma Oficial Mexicana NOM-122-STPS-1996 fue dada de baja y en su lugar se creó la NOM-020-STPS-2002,
Recipientes Sujetos a Presión y calderas-funcionamiento-condiciones de seguridad transformándose IET en Unidad
de Verificación en Materia de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de Trabajo.
Desde mayo del 2006 nuestra empresa cuenta con otras acreditaciones de Normas Oficiales Mexicanas (ver
acreditaciones y aprobaciones).
En Materia de Verificación.
El miércoles 28 de agosto del 2002 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Norma Oficial Mexicana
NOM-020-STPS-2002 “Recipientes Sujetos a Presión y Calderas – Funcionamiento - Condiciones de Seguridad”
sustituyendo en forma oficial a la Norma Oficial Mexicana NOM-122-STPS-1996 relativa a las “Condiciones de
Seguridad e Higiene para el funcionamiento de Recipientes Sujetos a Presión y Generadores de Vapor o Calderas
que operen en Centros de Trabajo”, de la cual tuvimos el honor de participar en su elaboración.
A partir del 3 de Diciembre de 2002, nuestra Empresa fue
acreditada como Unidad de Verificación en Materia de Seguridad,
Higiene y Medio Ambiente de Trabajo con el registro: UVSTPS-001
TIPO A, para la evaluación de la conformidad de la Norma Oficial
Mexicana NOM-020-STPS-2002, Recipientes Sujetos a Presión y
Calderas – Funcionamiento – Condiciones de Seguridad por la
Secretaría del Trabajo y Previsión Social y por la Entidad Mexicana
de Acreditación (ema).
Como Unidad de Verificación tipo “A” para la norma
NOM-020-STPS-2002 en total se emitieron 13,025 dictámenes
hasta el 31 de enero de 2011.
A partir del 01 de Febrero de 2002, nuestra Empresa se convirtió en Unidad Verificadora Tipo “C”, acreditada por la
Entidad Mexicana de Acreditación A.C. y aprobada por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
Como Unidad Verificadora tipo “C” al 27 de Junio de 2012 se generaron 2,269 dictámenes en la
NOM-020-STPS-2002, Recipientes Sujetos a Presión y calderas-funcionamiento-condiciones de seguridad.
Y a la actualidad como Unidad Verificadora tipo “C” se han generado 1,934 dictamenes en la
NOM-020-STPS-2011, Recipientes sujetos a presión, recipientes criogénicos y generadores de vapor o calderas -
Funcionamiento - Condiciones de Seguridad.
A partir del 29 de mayo de 2006, también nos acreditamos en las siguientes Normas Oficiales, las cuales rigen en
todo el territorio nacional:
NOM-002-STPS-2010
NOM-005-STPS-1998
NOM-018-STPS-2000
NOM-022-STPS-2008
NOM-026-STPS-2008
NOM-029-STPS-2011
ACREDITACIONES Y APROBACIONES DE IET IMPULSORA ELECTROTÉRMICA, S.A. DE C.V.
NOM-002-STPS-2010
1. OBJETIVO
Establecer los requerimientos para la prevención y protección contra incendios en los centros de trabajo.
2. CAMPO DE APLICACIÓN.
La presente norma aplica en todos los centros de trabajo.
NOM-005-STPS-1998
1. OBJETIVO
Establecer las condiciones de seguridad e higiene para el
manejo, transporte y almacenamiento de sustancias
químicas peligrosas, para prevenir y proteger la salud de
los trabajadores y evitar daños al centro de trabajo.
2. CAMPO DE APLICACIÓN
Aplica en todos los centros de trabajo donde se manejen,
transporten o almacenen sustancias químicas peligrosas.
NOM-018-STPS-2000
1. OBJETIVO
Establecer los requisitos mínimos de un sistema para la identificación y comunicación de peligros y riesgos por
sustancias químicas peligrosas, que de acuerdo a sus características físicas, químicas, de toxicidad, concentración
y tiempo de exposición, puedan afectar la salud de los trabajadores o dañar el centro de trabajo.
2. CAMPO DE APLICACIÓN
2.1 Se aplica en todos los centros de trabajo en los que se
manejen, transporten o almacenen sustancias químicas
peligrosas.
2.2 No es aplicable a los productos terminados que se
encuentran listos para su comercialización, ni en el
transporte vehicular fuera del centro de trabajo; en estos
casos, se debe dar cumplimiento a lo establecido en la
legislación en materia de comercio, salud y comunicaciones
y transportes.
2.3 No aplica para productos cuyo grado de riesgo en salud,
inflamabilidad y reactividad sea 0 (cero), según los criterios
establecidos en los Apéndices E o F (VER NORMA).
NOM-020-STPS-2011
1 OBJETIVO
Establecer los requisitos de seguridad para el funcionamiento de los recipientes sujetos a presión, recipientes
criogénicos y generadores de vapor o calderas en los centros de trabajo, a fin de prevenir riesgos a los trabajadores
y daños en las instalaciones.
2 CAMPO DE APLICACIÓN
2.1 Rige en todo el territorio nacional y aplica en todos los centros de trabajo en donde funcionen recipientes
sujetos a presión, recipientes criogénicos y generadores de vapor o calderas.
2.2 La presente Norma Oficial Mexicana no aplica para los equipos siguientes:
a) Campanas de buceo;
b) Campanas o cámaras hiperbáricas;
c) Recipientes utilizados como extintores;
d) Contenedores que trabajen a presión atmosférica;
e) Recipientes que trabajen interconectados en una misma línea de proceso, donde la presión de operación del
conjunto de equipos y de cada uno de los equipos, se encuentren entre 29.42 kPa y 196.14 kPa de presión
manométrica y, al final de la línea de proceso, se encuentren abiertos a la atmósfera;
f) Tuberías, cabezales de distribución que no se utilicen como acumuladores de fluidos y sus componentes (juntas
de
expansión y conexiones);
g) Recipientes portátiles que contengan gases comprimidos;
h) Accesorios presurizados y utilizados como componentes o mecanismos que sirven para mezclado, separación,
aspersión, distribución, medición, filtrado o control de fluidos que no rebasen 0.15 m de diámetro nominal,
instalados en los recipientes sujetos a presión;
i) Recipientes instalados en equipos móviles asociados con sus sistemas de frenado;
j) Recipientes que contengan gas licuado de petróleo, regulados por disposiciones legales cuya vigilancia compete
a la Secretaría de Energía, y
k) Carros-tanque que transportan gases comprimidos, cuya regulación se encuentra a cargo de la
Secretaría de Comunicaciones y Transportes.
IET Impulsora Electrotérmica, S.A. de C.V.
¿QUIENES SOMOS?
NOM-022-STPS-2008
1. OBJETIVO
Establecer las condiciones de seguridad en los centros de trabajo
para prevenir los riesgos por electricidad estática.
2. CAMPO DE APLICACIÓN
Aplica en todos los centros de trabajo donde se almacenen, manejen o transporten sustancias inflamables o
explosivas y que por la naturaleza de sus procesos empleen materiales, sustancias o equipos capaces de almacenar
o generar cargas eléctricas estáticas o que estén ubicados en una zona donde puedan recibir descargas eléctricas
atmosféricas.
NOM-026-STPS-2008
1. OBJETIVO
Definir los requerimientos en cuanto a los colores y señales de
seguridad e higiene y la identificación de riesgos por fluidos
conducidos en tuberías.
2. CAMPO DE APLICACIÓN
2.1 se aplica en todos los centros de trabajo, excepto los casos
mencionados en el apartado 2.2.
2.2 La presente Norma no se aplica en los casos siguientes:
1.- La señalización para la transportación terrestre, marítima, fluvial o aérea, que sea competencia de la Secretaría
de Comunicaciones y Transportes.
2.- La identificación de riesgos por fluidos conducidos en tuberías subterráneas u ocultas, ductos eléctricos y
tuberías en centrales nucleares.
3.- Las tuberías instaladas en las plantas potabilizadoras de agua, así como en las redes de distribución de las
mismas, en lo referente a la aplicación del color verde de seguridad.
NOM-029-STPS-2011
1. OBJETIVO
Establecer las condiciones de seguridad para la realización de
actividades de mantenimiento de las instalaciones eléctricas en
los centros de trabajo, a fin de evitar accidentes al personal
responsable de llevarlas a cabo y a personas ajenas a dichas
actividades que pudieran estar expuestas.
2. CAMPO DE APLICACIÓN
Esta norma aplica en todos los centros de trabajo del territorio
nacional en donde se realicen actividades de mantenimiento de
las instalaciones eléctricas permanentes o provisionales, las
que se desarrollen en las líneas eléctricas aéreas y
subterráneas, así como las que se lleven a cabo con líneas
energizadas.
NOTA: Las referencias citadas fueron extraídas directamente del texto de la norma correspondiente publicada en el
diario oficial de la federación
Si usted desea conocer los textos de éstas normas, le sugerimos seguir el siguiente link.